27 de diciembre de 2015

José Miranda Rodríguez, Alcalde de Padul

Relato vivo del sufrimiento de una familia, contado por Pepa Miranda, biznieta, nieta y sobrina-nieta de tres hermanas de su abuelo, todos asesinados por los fascistas.





Hoy 27 de Diciembre se cumplen 79 años del asesinato de mi bisabuelo José Miranda Rodríguez y tres mujeres de la familia , en las tapias del cementerio de Loja.
Tenia 77 años , era sargento de la Guardia Civil jubilado, estaba viudo y durante la Republica había sido alcalde de Padul , el primer alcalde socialista .


Mi bisabuelo tanto en su vida privada, en su militancia política, como al frente del Ayuntamiento ,había dado sobradas muestras de generosidad y compromiso con los más desfavorecidos de la sociedad. Algunas personas mayores aún me hablan de el con una mezcla de admiración y respeto, recordándole rodeado de niños y mujeres bajo el “árbol de la Miranda” ( una gran acacia situada en la puerta de la casa de su hija ) leyendo novelas o enseñando a leer a los críos más curiosos , a mujeres o quien se lo pedía.


Su forma de ser y de estar en el mundo ,su deseo de una sociedad más justa, igualitaria y solidaria, su valentía para enfrentarse a la derecha, lo habían colocado tanto a él, como al resto de miembros de la agrupación socialista local en el punto de mira de esa derecha, que agrupada en el Centro Agrario, no se dieron tregua en su empeño de acabar con todos aquellos que ponían en peligro una forma de vida y unos privilegios que no estaban dispuestos a perder. Y utilizaron todos los medios a su alcance, desde manipular resultados en las urnas, agresiones, impedir la celebración de mítines como el que se tuvo que suspenderse al ser recibido a tiros D. Fernando de los Ríos ,hasta culminar con el asesinato, la cárcel o el exilio de la mayoría de socialistas locales.




La tragedia familiar había comenzado cuatro meses antes del asesinato de mi bisabuelo , cuando su hijo (mi abuelo ) secretario general de la Agrupación Socialista y presidente de la Sociedad Obrera “La Alianza”, que había sido concejal del Ayuntamiento, fue detenido, encarcelado y fusilado el día 7 de Agosto, en las tapias del Cementerio de Granada, pocos días después del golpe de Estado contra la Republica.
Cuando mi bisabuelo hizo el estremecedor relato de la detención y asesinato para que, como el mismo dejo escrito, “la familia nunca lo olvidara ” quizás no sospechaba que él mismo y parte de la familia serian victimas del fanatismo, la intolerancia, el rencor y la sinrazón que se apoderó de aquellos primeros meses tras el golpe de Estado y que sumió al país durante 40 años en la más trágica y negra etapa de la historia reciente.


Los hechos que acabaron con su vida y la de tres mujeres de la familia comenzaron cuando las fuerzas nacionales que habían ocupado el pueblo de Salar se dirigieron a la vivienda familiar ,de la que estaba ausente su hijo Francisco y sus dos nietos, para proceder a la detención de la familia ,acusada de incitar a un soldado oriundo de Padul y conocido de mi bisabuelo , a pasarse al Ejercito Republicano. Desde ese momento la vivienda sufrió varios registros y quedó bajo vigilancia permanente de un escuadrón de Falange. Mi tía Pura aconsejada por el juez municipal, acudió ante la autoridad militar que se negó a recibirla, al parecer ya tenían tomada la decisión sobre el destino de la familia.




Esa detención le costó la vida a Pura ,maestra del pueblo desde hacia 26 años , y dejó malherida a su hermana Enriqueta , circunstancia que no impidió que la colocaran sobre un colchón ,tal como había indicado el médico al que habían avisado no para que la atendiera de las heridas, si no para que informara de su estado e indicara la manera de trasladarla. 
A Enriqueta malherida , a mi bisabuelo anciano y enfermo y a Concha la otra hermana los condujeron en un camión hasta Loja en cuyo cementerio fueron fusilados al amanecer del día siguiente, a Enriqueta recostada sobre el colchón ya que las heridas que sufría le impedían mantenerse erguida .




Mientras el cadáver de mi tía Pura permanecía en el deposito de cadáveres del cementerio de Salar sin que nadie decidiera que hacer con él, (seria el sepulturero local quien tomo la decisión de enterrarla junto a la tapia, cuando ya no era posible prolongar la espera) los gerifaltes de Falange, el comandante del puesto de la Guardia Civil acompañados por vecinos del pueblo , desvalijaron la vivienda llevándose cuanto encontraron ,mobiliario , enseres ,menaje , lencería , cuadros …… llegando en su afán de rapiña a levantar las losetas de parte de la vivienda buscando joyas y dinero. Búsqueda infructuosa ya que Pura, sospechando que algo muy grave podía ocurrir a la familia, las había enterrado en una caja bajo una parra del huerto de la casa. 
Parte del mobiliario fue destinado para “adecentar el local de Falange” según consta en un documento incorporado al proceso seguido en los años 40 contra el Comandante del puesto de la Guardia Civil de Salar , Manuel Pérez Vázquez responsable de estos y otros hechos similares y condenado, no por los asesinatos, si no por los robos y saqueos a los que sometió a varias familias del pueblo.
Sólo muchos años después, tras el paso por varios frentes de batalla, cárceles y campos de trabajo, mi tío abuelo y sus hijos conocieron el verdadero alcance de la tragedia familiar y pudieron recuperar una ínfima parte de los bienes usurpados.


Mi familia, por su lealtad a la Republica, su compromiso con la sociedad, su independencia, su generosidad y su valentía frente a la derecha, se habían convertido en objetivos prioritarios a eliminar, y los golpistas lo consiguieron valiéndose de cualquier medio, trama o individuo sanguinario como el sargento Manuel Pérez Vázquez responsable de su asesinato .


Hoy 79 años después la familia conocemos parte de lo ocurrido gracias a un historiador local José Montero, que ha dedicado tiempo y esfuerzo a investigar unos hechos y un proceso posterior contra uno de los asesinos y que ha recogido en su libro Historia de Salar 1923-1940.
Y gracias, así mismo, a la AGRMH que ha localizado documentación relacionada con la trayectoria profesional de Pura y documentos de los negocios familiares y el dinero incautado a la familia.
Pero aun seguimos, al igual que miles de familias, sin conocer buena parte de los hechos, seguimos esperando que se anulen procesos y condenas, esperando que se abran fosas. Cuarenta años después de la muerte del dictador, seguimos siendo los olvidados de este país.
Seguimos sin saber donde están sus restos, 
seguimos sin poder recuperarlos para darles sepultura y cerrar definitivamente unas heridas que se siguen transmitiendo de generación en generación.






Mientras tanto recordaré año tras año el asesinato de mis familiares,para impedir que se borren de la historia, para seguir honrando su memoria.


En memoria de Enriqueta, mujer joven alegre y vital que por aquellos días preparaba su boda con un maestro también asesinado .
En memoria de Concha ,mujer discreta, que dedico toda su vida a cuidar y hacer feliz a su familia.


En memoria de Pura , mujer independiente , inteligente , trabajadora ( premiada por un proyecto educativo ) convencida de que sólo la educación podía cambiar el mundo , Fue una de esas maestras de la Republica que tanto hicieron por la modernización del país.


En memoria de mi bisabuelo un hombre bueno, generoso, valiente y comprometido con la sociedad y que no dudó, pese a sus años y a su enfermedad en desplazarse desde Padul a Salar para proteger a la familia en ausencia de su hijo de la vivienda familiar.


En memoria de todos los desaparecidos, de sus familiares que se fueron de este mundo sin poder enterrar a sus muertos, para todos ellos ,


¡¡¡ Verdad, Justicia y Reparación !!!


Y como dice Marisa Peña en su magnifico poema dedicado a nuestros muertos :




“Mientras me quede voz


                  Hablare de mis muertos”…………


José Miranda Rodríguez, Alcalde de Padul

Relato vivo del sufrimiento de una familia, contado por Pepa Miranda, biznieta, nieta y sobrina-nieta de tres hermanas de su abuelo, todos asesinados por los fascistas.

Hoy 27 de Diciembre se cumplen 79 años del asesinato de mi bisabuelo José Miranda Rodríguez y tres mujeres de la familia , en las tapias del cementerio de Loja.
Tenia 77 años , era sargento de la Guardia Civil jubilado, estaba viudo y durante la Republica había sido alcalde de Padul , el primer alcalde socialista .
Mi bisabuelo tanto en su vida privada, en su militancia política, como al frente del Ayuntamiento ,había dado sobradas muestras de generosidad y compromiso con los más desfavorecidos de la sociedad. Algunas personas mayores aún me hablan de el con una mezcla de admiración y respeto, recordándole rodeado de niños y mujeres bajo el “árbol de la Miranda” ( una gran acacia situada en la puerta de la casa de su hija ) leyendo novelas o enseñando a leer a los críos más curiosos , a mujeres o quien se lo pedía.
Su forma de ser y de estar en el mundo ,su deseo de una sociedad más justa, igualitaria y solidaria, su valentía para enfrentarse a la derecha, lo habían colocado tanto a él, como al resto de miembros de la agrupación socialista local en el punto de mira de esa derecha, que agrupada en el Centro Agrario, no se dieron tregua en su empeño de acabar con todos aquellos que ponían en peligro una forma de vida y unos privilegios que no estaban dispuestos a perder. Y utilizaron todos los medios a su alcance, desde manipular resultados en las urnas, agresiones, impedir la celebración de mítines como el que se tuvo que suspenderse al ser recibido a tiros D. Fernando de los Ríos ,hasta culminar con el asesinato, la cárcel o el exilio de la mayoría de socialistas locales.
La tragedia familiar había comenzado cuatro meses antes del asesinato de mi bisabuelo , cuando su hijo (mi abuelo ) secretario general de la Agrupación Socialista y presidente de la Sociedad Obrera “La Alianza”, que había sido concejal del Ayuntamiento, fue detenido, encarcelado y fusilado el día 7 de Agosto, en las tapias del Cementerio de Granada, pocos días después del golpe de Estado contra la Republica.
Cuando mi bisabuelo hizo el estremecedor relato de la detención y asesinato para que, como el mismo dejo escrito, “la familia nunca lo olvidara ” quizás no sospechaba que él mismo y parte de la familia serian victimas del fanatismo, la intolerancia, el rencor y la sinrazón que se apoderó de aquellos primeros meses tras el golpe de Estado y que sumió al país durante 40 años en la más trágica y negra etapa de la historia reciente.
Los hechos que acabaron con su vida y la de tres mujeres de la familia comenzaron cuando las fuerzas nacionales que habían ocupado el pueblo de Salar se dirigieron a la vivienda familiar ,de la que estaba ausente su hijo Francisco y sus dos nietos, para proceder a la detención de la familia ,acusada de incitar a un soldado oriundo de Padul y conocido de mi bisabuelo , a pasarse al Ejercito Republicano. Desde ese momento la vivienda sufrió varios registros y quedó bajo vigilancia permanente de un escuadrón de Falange. Mi tía Pura aconsejada por el juez municipal, acudió ante la autoridad militar que se negó a recibirla, al parecer ya tenían tomada la decisión sobre el destino de la familia.
Esa detención le costó la vida a Pura ,maestra del pueblo desde hacia 26 años , y dejó malherida a su hermana Enriqueta , circunstancia que no impidió que la colocaran sobre un colchón ,tal como había indicado el médico al que habían avisado no para que la atendiera de las heridas, si no para que informara de su estado e indicara la manera de trasladarla. 
A Enriqueta malherida , a mi bisabuelo anciano y enfermo y a Concha la otra hermana los condujeron en un camión hasta Loja en cuyo cementerio fueron fusilados al amanecer del día siguiente, a Enriqueta recostada sobre el colchón ya que las heridas que sufría le impedían mantenerse erguida .
Mientras el cadáver de mi tía Pura permanecía en el deposito de cadáveres del cementerio de Salar sin que nadie decidiera que hacer con él, (seria el sepulturero local quien tomo la decisión de enterrarla junto a la tapia, cuando ya no era posible prolongar la espera) los gerifaltes de Falange, el comandante del puesto de la Guardia Civil acompañados por vecinos del pueblo , desvalijaron la vivienda llevándose cuanto encontraron ,mobiliario , enseres ,menaje , lencería , cuadros …… llegando en su afán de rapiña a levantar las losetas de parte de la vivienda buscando joyas y dinero. Búsqueda infructuosa ya que Pura, sospechando que algo muy grave podía ocurrir a la familia, las había enterrado en una caja bajo una parra del huerto de la casa. 
Parte del mobiliario fue destinado para “adecentar el local de Falange” según consta en un documento incorporado al proceso seguido en los años 40 contra el Comandante del puesto de la Guardia Civil de Salar , Manuel Pérez Vázquez responsable de estos y otros hechos similares y condenado, no por los asesinatos, si no por los robos y saqueos a los que sometió a varias familias del pueblo.
Sólo muchos años después, tras el paso por varios frentes de batalla, cárceles y campos de trabajo, mi tío abuelo y sus hijos conocieron el verdadero alcance de la tragedia familiar y pudieron recuperar una ínfima parte de los bienes usurpados.
Mi familia, por su lealtad a la Republica, su compromiso con la sociedad, su independencia, su generosidad y su valentía frente a la derecha, se habían convertido en objetivos prioritarios a eliminar, y los golpistas lo consiguieron valiéndose de cualquier medio, trama o individuo sanguinario como el sargento Manuel Pérez Vázquez responsable de su asesinato .
Hoy 79 años después la familia conocemos parte de lo ocurrido gracias a un historiador local José Montero, que ha dedicado tiempo y esfuerzo a investigar unos hechos y un proceso posterior contra uno de los asesinos y que ha recogido en su libro Historia de Salar 1923-1940.
Y gracias, así mismo, a la AGRMH que ha localizado documentación relacionada con la trayectoria profesional de Pura y documentos de los negocios familiares y el dinero incautado a la familia.
Pero aun seguimos, al igual que miles de familias, sin conocer buena parte de los hechos, seguimos esperando que se anulen procesos y condenas, esperando que se abran fosas. Cuarenta años después de la muerte del dictador, seguimos siendo los olvidados de este país.
Seguimos sin saber donde están sus restos, 
seguimos sin poder recuperarlos para darles sepultura y cerrar definitivamente unas heridas que se siguen transmitiendo de generación en generación.
Mientras tanto recordaré año tras año el asesinato de mis familiares,para impedir que se borren de la historia, para seguir honrando su memoria.
En memoria de Enriqueta, mujer joven alegre y vital que por aquellos días preparaba su boda con un maestro también asesinado .
En memoria de Concha ,mujer discreta, que dedico toda su vida a cuidar y hacer feliz a su familia.
En memoria de Pura , mujer independiente , inteligente , trabajadora ( premiada por un proyecto educativo ) convencida de que sólo la educación podía cambiar el mundo , Fue una de esas maestras de la Republica que tanto hicieron por la modernización del país.
En memoria de mi bisabuelo un hombre bueno, generoso, valiente y comprometido con la sociedad y que no dudó, pese a sus años y a su enfermedad en desplazarse desde Padul a Salar para proteger a la familia en ausencia de su hijo de la vivienda familiar.
En memoria de todos los desaparecidos, de sus familiares que se fueron de este mundo sin poder enterrar a sus muertos, para todos ellos ,
¡¡¡ Verdad, Justicia y Reparación !!!
Y como dice Marisa Peña en su magnifico poema dedicado a nuestros muertos :
“Mientras me quede voz
                  Hablare de mis muertos”…………

10 de diciembre de 2015

Laura Gacía Hernández, natural de Granada

Laura Gacía Hernández de 25 años de edad (en 1939), hija de Fernando y de Laura, natural de Granada y vecina de Viator (Almería), casada con Rafael Muñoz Ocaña, de profesión sus labores.

Auto de Procesamiento de fecha 6 de mayo de 1939. (pág.12). Sentencia de fecha 11 de mayo de 1939. Seis años y un día de prisión mayor. Ratificada la sentencia con fecha 29 de mayo de 1939.

En prisión preventiva desde el 6 de abril de 1939 hasta el 28 de mayo de 1939. El seis de marzo de mil novecientos cuarenta y cinco deja extinguida la condena. Fue puesta en libertad condicional con fecha 26 de octubre de 1940. Se extingue la condena con fecha 13 de marzo de 1944.



Nº CAUSA

19.764/39        García Hernández Laura          06/04/1939      Juez Garvayo Dinelli




DENUNCIA DE JOSÉ BUESO JIMENEZ (pág.2)

"COMPARECENCIA.- En Almería siendo las diez y nueve horas del día cinco de abril de mil novecientos treinta y nueve, en la Comisaría de dicha capital y ante el Sr. Comisario Jefe de la misma Don José Reguero Pérez y el agente del mismo cuerpo Don Manuel Torres Gutiérrez como Secretario habilitado para la práctica de estas diligencias comparece el que dice llamarse don JOSÉ BUESO JIMÉNEZ, de treinta y un años de edad, casado, farmacéutico, natural de Almería, hijo de Antonio y de Carmen, con residencia en Viator y accidentalmente en esta capital en el Café Viena, sito en el

Paseo del Príncipe y manifiesta: Que es dueño de una farmacia sita en el citado Viator y al principio del período rojo fue detenido por su ideología política de matiz derechista y por mediación de una influencia fue libertado, pero ante el temor de ser nuevamente detenido por tener noticias de que le buscaban marchó a Barcelona, después de estar un poco tiempo escondido regresó de dicha capital a esta, donde en efecto fue detenido y durante su ausencia la esposa del dueño de otra farmacia contigua a la del compareciente llamada Laura García Hernández, saltando el terrado, por ser ambas casas de igual altura entraba en el establecimiento del dicente, que por este procedimiento fue despojado de

parte de las existencias que tenía en el mismo, y posteriormente y por orden del Comité

Revolucionario del pueblo, refrendada dicha orden por el Consejo Municipal del mismo fue incautada dicha farmacia y entregada a Rafael Muñoz Ocaña, dueño de la farmacia contigua o sea el marido de la mencionada LAURA GARCÍA HERNÁNDEZ, y para lo cual cometieron diversas violencias entre ellas la de forzar la cerradura de su puerta de entrada, apoderándose por este desvalijo de los muebles, enseres, utensilios farmacéuticos, medicamentos y hasta el contador de la luz, parte de los cuales efectos fueron distribuidos entre diversas personas del mencionado pueblo y el compareciente hace responsable además de los culpables a los que componían el Comité Revolucionario de dicho pueblo, del cual era presidente FRANCISCO AMATE, y formaban parte del mismo los hermanos Bienvenido y Juan Vicente López y otros individuos cuyos nombres no recuerda en estos momentos, valorando lo sustraído aproximadamente en unas cincuenta mil pesetas, debiendo hacer constar que este comité actuaba a iniciativa del RAFAEL MUÑOZ OCAÑA y la esposa del mismo la repetida Laura García Hernández, con los cuales consultaban previamente, por lo que se deduce sean responsables de las violencias realizadas en el referido pueblo durante el período rojo, formulando la presente a los efectos que procedan…"

600 Mujeres. La represión franquista de la mujer almeriense (1939-45)

Eusebio Rodríguez Padilla y Juan Hidalgo Cámara • Edición digital del Instituto de Estudios Almerienses

Laura Gacía Hernández, natural de Granada

Laura Gacía Hernández de 25 años de edad (en 1939), hija de Fernando y de Laura, natural de Granada y vecina de Viator (Almería), casada con Rafael Muñoz Ocaña, de profesión sus labores.
Auto de Procesamiento de fecha 6 de mayo de 1939. (pág.12). Sentencia de fecha 11 de mayo de 1939. Seis años y un día de prisión mayor. Ratificada la sentencia con fecha 29 de mayo de 1939.
En prisión preventiva desde el 6 de abril de 1939 hasta el 28 de mayo de 1939. El seis de marzo de mil novecientos cuarenta y cinco deja extinguida la condena. Fue puesta en libertad condicional con fecha 26 de octubre de 1940. Se extingue la condena con fecha 13 de marzo de 1944.

Nº CAUSA
19.764/39        García Hernández Laura          06/04/1939      Juez Garvayo Dinelli

DENUNCIA DE JOSÉ BUESO JIMENEZ (pág.2)
"COMPARECENCIA.- En Almería siendo las diez y nueve horas del día cinco de abril de mil novecientos treinta y nueve, en la Comisaría de dicha capital y ante el Sr. Comisario Jefe de la misma Don José Reguero Pérez y el agente del mismo cuerpo Don Manuel Torres Gutiérrez como Secretario habilitado para la práctica de estas diligencias comparece el que dice llamarse don JOSÉ BUESO JIMÉNEZ, de treinta y un años de edad, casado, farmacéutico, natural de Almería, hijo de Antonio y de Carmen, con residencia en Viator y accidentalmente en esta capital en el Café Viena, sito en el
Paseo del Príncipe y manifiesta: Que es dueño de una farmacia sita en el citado Viator y al principio del período rojo fue detenido por su ideología política de matiz derechista y por mediación de una influencia fue libertado, pero ante el temor de ser nuevamente detenido por tener noticias de que le buscaban marchó a Barcelona, después de estar un poco tiempo escondido regresó de dicha capital a esta, donde en efecto fue detenido y durante su ausencia la esposa del dueño de otra farmacia contigua a la del compareciente llamada Laura García Hernández, saltando el terrado, por ser ambas casas de igual altura entraba en el establecimiento del dicente, que por este procedimiento fue despojado de
parte de las existencias que tenía en el mismo, y posteriormente y por orden del Comité
Revolucionario del pueblo, refrendada dicha orden por el Consejo Municipal del mismo fue incautada dicha farmacia y entregada a Rafael Muñoz Ocaña, dueño de la farmacia contigua o sea el marido de la mencionada LAURA GARCÍA HERNÁNDEZ, y para lo cual cometieron diversas violencias entre ellas la de forzar la cerradura de su puerta de entrada, apoderándose por este desvalijo de los muebles, enseres, utensilios farmacéuticos, medicamentos y hasta el contador de la luz, parte de los cuales efectos fueron distribuidos entre diversas personas del mencionado pueblo y el compareciente hace responsable además de los culpables a los que componían el Comité Revolucionario de dicho pueblo, del cual era presidente FRANCISCO AMATE, y formaban parte del mismo los hermanos Bienvenido y Juan Vicente López y otros individuos cuyos nombres no recuerda en estos momentos, valorando lo sustraído aproximadamente en unas cincuenta mil pesetas, debiendo hacer constar que este comité actuaba a iniciativa del RAFAEL MUÑOZ OCAÑA y la esposa del mismo la repetida Laura García Hernández, con los cuales consultaban previamente, por lo que se deduce sean responsables de las violencias realizadas en el referido pueblo durante el período rojo, formulando la presente a los efectos que procedan…"
600 Mujeres. La represión franquista de la mujer almeriense (1939-45)
Eusebio Rodríguez Padilla y Juan Hidalgo Cámara • Edición digital del Instituto de Estudios Almerienses

Encarnación Téllez González, natural de Granada

Encarnación Téllez González de 19 años de edad (en el año 1939), natural de Granada y vecina de Almería, con domicilio en la calle de la Bomba número 3, de profesión estudiante y estado soltera. Hija de Miguel y de Francisca.

Es detenida el día 13 de abril de 1939 (pág.2), y procesada en la plaza de Almería, el 17 de mayo de 1939 (pág.12). Es absuelta en sentencia dictada el 6 de septiembre de 1939 en esta misma plaza, y puesta en libertad inmediatamente por esta causa (pág.27), siendo declarada firme por el Auditor de Córdoba el 31 de octubre de 1939 (pág.30)


Nº CAUSA

19.208/39    Téllez González Encarnación    16/04/1939    Juez Garrido Entrena


DENUNCIA: En la ciudad de Almería a trece de abril de mil novecientos treinta y nueve, ante el camarada Delegado Provincial de Información e Investigación de FET y de las JONS, comparece Juan Mirón Moreno, natural de Pechina (Almería) y vecino de Pechina con domicilio Plaza de la República 4, de 32 años de edad, hijo de Juan y de María de estado soltero y de profesión comerciante. "Informo que Encarnación Téllez González con domicilio en la calle de la Bomba en Almería 3, durante el tiempo que ha estado viviendo en Pechina durante 15 meses hizo una gran propaganda comunista en dicho pueblo incitando a que fueran todas las mujeres de derechas a arrancar esparto a los cerros, era en el pueblo de Pechina la agitadora del Partido Comunista". (pág.3)



600 Mujeres. La represión franquista de la mujer almeriense (1939-45)

Eusebio Rodríguez Padilla y Juan Hidalgo Cámara • Edición digital del Instituto de Estudios Almerienses

Encarnación Téllez González, natural de Granada

Encarnación Téllez González de 19 años de edad (en el año 1939), natural de Granada y vecina de Almería, con domicilio en la calle de la Bomba número 3, de profesión estudiante y estado soltera. Hija de Miguel y de Francisca.
Es detenida el día 13 de abril de 1939 (pág.2), y procesada en la plaza de Almería, el 17 de mayo de 1939 (pág.12). Es absuelta en sentencia dictada el 6 de septiembre de 1939 en esta misma plaza, y puesta en libertad inmediatamente por esta causa (pág.27), siendo declarada firme por el Auditor de Córdoba el 31 de octubre de 1939 (pág.30)
Nº CAUSA
19.208/39    Téllez González Encarnación    16/04/1939    Juez Garrido Entrena
DENUNCIA: En la ciudad de Almería a trece de abril de mil novecientos treinta y nueve, ante el camarada Delegado Provincial de Información e Investigación de FET y de las JONS, comparece Juan Mirón Moreno, natural de Pechina (Almería) y vecino de Pechina con domicilio Plaza de la República 4, de 32 años de edad, hijo de Juan y de María de estado soltero y de profesión comerciante. "Informo que Encarnación Téllez González con domicilio en la calle de la Bomba en Almería 3, durante el tiempo que ha estado viviendo en Pechina durante 15 meses hizo una gran propaganda comunista en dicho pueblo incitando a que fueran todas las mujeres de derechas a arrancar esparto a los cerros, era en el pueblo de Pechina la agitadora del Partido Comunista". (pág.3)

600 Mujeres. La represión franquista de la mujer almeriense (1939-45)
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Josefa Montes De Las Heras, natural de Albuñol

Nº CAUSA

29.798/39     Montes Las Heras Josefa            13/09/1939     Juez Labella Dávalos




ACUSACIÓN
ATESTADO POR ENSAÑAMIENTO DE UN CADÁVER: Cristóbal Martínez Clemente, Cabo de la tercera Compañía de la Comandancia de la Guardia Civil de Murcia, y en la actualidad Comandante de puesto de Adra, por la presente hace constar: "Que hallándose practicando gestiones acompañado del guardia segundo José García Carrión, para el total esclarecimiento de las personas que hubiese tomado parte en el ensañamiento de los cadáveres que fueron asesinados en la Cueva de la Juana en los
primeros días del Glorioso Movimiento Nacional, fue requerido para que aportara los datos que supiera y fueran ciertos, el vecino de la barriada de la Juana, José Fernández Rivas de treinta y nueve años de edad, casado, de oficio comerciante, natural de Adra y vecino de dicha barriada, el que manifestó que en cuanto al vecino de la misma Andrés Lupión Castillo, que ya está detenido este fue uno de los que forzosamente le obligó a éste a subir al último de los cadáveres que habían quemado como igualmente le acompañaba al Lupión una mujer de la misma barriada llamada Josefa la Barniza
la que también le amenazó diciéndole que tenía que ir porque su marido estaba viejo y iba delante.
Preguntado sobre la actuación de los demás vecinos de aquella en la repercusión que puedan haber tomado durante el dominio rojo, o comportamiento con las personas de orden en la tan mentada barriada, dice que el vecino de la misma Antonio Lupión Castillo, hermano del detenido que al nombrarlo al dicente alcalde pedáneo de aquella barriada, al enterarse éste del nombramiento alentó a todos los vecinos de la misma partidarios de sus ideales para protestar del referido nombramiento puesto que había recaído en un burgués, habiendo oído decir de rumor público que si él lo hubieran
hecho Pancho Villa, no hubiera dejado ni una persona contraria a sus ideales. Que no tiene más que decir que lo dicho es la verdad en lo que se afirma y ratifica, firmando esta en manifestación después de leerla por sí y hallarla conforme en su contenido con el guardia auxiliar que certifica. (pág. 2).

DATOS PERSONALES

Josefa Montes De Las Heras de 48 años de edad (en el año 1939), natural de Albuñol (Granada) y vecina de Abla (Almería), y domiciliada en Cuevas de la Juana, de profesión sus labores, casada con Alonso Lupión Castillo y tiene seis hijos. Es hija de José y de Francisca.

El 26 de octubre de 1939, ingresa en la prisión de partido de Berja (Almería), y se decreta prisión preventiva (pág.11), siendo procesada en esta misma plaza en Auto de fecha 30 de noviembre de 1939 (pág.17). 

En sentencia dictada en la plaza de Almería el 2 de marzo de 1940, es condenada a la pena de

6 años y 1 día de prisión mayor (pág.25), declarada firme y ejecutoria por el Auditor de Granada el 17 de mayo de 1940 (pág.26). Se concede la libertad atenuada el 26 de octubre de 1940 (pág. s/n), y la libertad condicional el 20 de mayo de 1941, fijando su residencia en Adra (Almería) (pág.29).

Quedando extinguida su condena el 13 de agosto de 1945 (pág.28).





600 Mujeres. La represión franquista de la mujer almeriense (1939-45)

• Eusebio Rodríguez Padilla y Juan Hidalgo Cámara • Edición digital del Instituto de Estudios Almerienses

Josefa Montes De Las Heras, natural de Albuñol

Nº CAUSA
29.798/39     Montes Las Heras Josefa            13/09/1939     Juez Labella Dávalos

ACUSACIÓN
ATESTADO POR ENSAÑAMIENTO DE UN CADÁVER: Cristóbal Martínez Clemente, Cabo de la tercera Compañía de la Comandancia de la Guardia Civil de Murcia, y en la actualidad Comandante de puesto de Adra, por la presente hace constar: "Que hallándose practicando gestiones acompañado del guardia segundo José García Carrión, para el total esclarecimiento de las personas que hubiese tomado parte en el ensañamiento de los cadáveres que fueron asesinados en la Cueva de la Juana en los
primeros días del Glorioso Movimiento Nacional, fue requerido para que aportara los datos que supiera y fueran ciertos, el vecino de la barriada de la Juana, José Fernández Rivas de treinta y nueve años de edad, casado, de oficio comerciante, natural de Adra y vecino de dicha barriada, el que manifestó que en cuanto al vecino de la misma Andrés Lupión Castillo, que ya está detenido este fue uno de los que forzosamente le obligó a éste a subir al último de los cadáveres que habían quemado como igualmente le acompañaba al Lupión una mujer de la misma barriada llamada Josefa la Barniza
la que también le amenazó diciéndole que tenía que ir porque su marido estaba viejo y iba delante.
Preguntado sobre la actuación de los demás vecinos de aquella en la repercusión que puedan haber tomado durante el dominio rojo, o comportamiento con las personas de orden en la tan mentada barriada, dice que el vecino de la misma Antonio Lupión Castillo, hermano del detenido que al nombrarlo al dicente alcalde pedáneo de aquella barriada, al enterarse éste del nombramiento alentó a todos los vecinos de la misma partidarios de sus ideales para protestar del referido nombramiento puesto que había recaído en un burgués, habiendo oído decir de rumor público que si él lo hubieran
hecho Pancho Villa, no hubiera dejado ni una persona contraria a sus ideales. Que no tiene más que decir que lo dicho es la verdad en lo que se afirma y ratifica, firmando esta en manifestación después de leerla por sí y hallarla conforme en su contenido con el guardia auxiliar que certifica. (pág. 2).
DATOS PERSONALES
Josefa Montes De Las Heras de 48 años de edad (en el año 1939), natural de Albuñol (Granada) y vecina de Abla (Almería), y domiciliada en Cuevas de la Juana, de profesión sus labores, casada con Alonso Lupión Castillo y tiene seis hijos. Es hija de José y de Francisca.
El 26 de octubre de 1939, ingresa en la prisión de partido de Berja (Almería), y se decreta prisión preventiva (pág.11), siendo procesada en esta misma plaza en Auto de fecha 30 de noviembre de 1939 (pág.17). 
En sentencia dictada en la plaza de Almería el 2 de marzo de 1940, es condenada a la pena de
6 años y 1 día de prisión mayor (pág.25), declarada firme y ejecutoria por el Auditor de Granada el 17 de mayo de 1940 (pág.26). Se concede la libertad atenuada el 26 de octubre de 1940 (pág. s/n), y la libertad condicional el 20 de mayo de 1941, fijando su residencia en Adra (Almería) (pág.29).
Quedando extinguida su condena el 13 de agosto de 1945 (pág.28).


600 Mujeres. La represión franquista de la mujer almeriense (1939-45)
• Eusebio Rodríguez Padilla y Juan Hidalgo Cámara • Edición digital del Instituto de Estudios Almerienses

Dolores Pérez Garrido, vecina de Baza


Nº CAUSA

31.084/39     Pérez Garrido Dolores        07/08/1939             Juez Aragón Cruz

ACUSACIÓN

ESCRITO-INFORME de la Guardia Civil de Baza (Granada). (pág.2)

"En contestación a su respetado escrito Negociado 4º Número 264 de fecha 6 del actual, tengo el honor de participarle, que de los informe adquiridos por fuerza de este Puesto, resulta que la vecina de esta localidad llamada Dolores Pérez Garrido con domicilio en la Calle del Cáliz nº 1, fue del Socorro Rojo Internacional, amenazó de muerte a las hermanas y Superiora del Hospital de Caridad de esta Ciudad, quemando y destrozando los ornamentos de la Iglesia de dicho Hospital entre ella y su novio hoy marido; denunciaba a cuantas personas sabía eran de derechas, alegrándose cuando daban paseos diciendo que todas las noches debían pasear a veinticinco, siendo por tanto un elemento

peligrosísimo…Baza 10 de julio de 1939…".



DATOS PERSONALES

Dolores Pérez Garrido de 27 años de edad (en 1939), hija de Patricio y de Elisa, natural de Serón (Almería) y vecina de Baza (Granada), casada con Francisco Mirón López, de profesión practicante.

Auto de Procesamiento de fecha 20 de octubre de 1939 (pág.19).

Sentencia de fecha 30 de noviembre de 1939. Doce años y un día de reclusión temporal.

Ratificada la sentencia con fecha 4 de enero de 1940.

Fallecida con fecha 5 de febrero de 1940.



Eusebio Rodríguez Padilla y Juan Hidalgo Cámara • Edición digital del Instituto de Estudios Almerienses

Dolores Pérez Garrido, vecina de Baza

Nº CAUSA
31.084/39     Pérez Garrido Dolores        07/08/1939             Juez Aragón Cruz
ACUSACIÓN
ESCRITO-INFORME de la Guardia Civil de Baza (Granada). (pág.2)
"En contestación a su respetado escrito Negociado 4º Número 264 de fecha 6 del actual, tengo el honor de participarle, que de los informe adquiridos por fuerza de este Puesto, resulta que la vecina de esta localidad llamada Dolores Pérez Garrido con domicilio en la Calle del Cáliz nº 1, fue del Socorro Rojo Internacional, amenazó de muerte a las hermanas y Superiora del Hospital de Caridad de esta Ciudad, quemando y destrozando los ornamentos de la Iglesia de dicho Hospital entre ella y su novio hoy marido; denunciaba a cuantas personas sabía eran de derechas, alegrándose cuando daban paseos diciendo que todas las noches debían pasear a veinticinco, siendo por tanto un elemento
peligrosísimo…Baza 10 de julio de 1939…".

DATOS PERSONALES
Dolores Pérez Garrido de 27 años de edad (en 1939), hija de Patricio y de Elisa, natural de Serón (Almería) y vecina de Baza (Granada), casada con Francisco Mirón López, de profesión practicante.
Auto de Procesamiento de fecha 20 de octubre de 1939 (pág.19).
Sentencia de fecha 30 de noviembre de 1939. Doce años y un día de reclusión temporal.
Ratificada la sentencia con fecha 4 de enero de 1940.
Fallecida con fecha 5 de febrero de 1940.

Eusebio Rodríguez Padilla y Juan Hidalgo Cámara • Edición digital del Instituto de Estudios Almerienses

Isabel Ceballos Tello, de Órgiva

Isabel Ceballos Tello de 22 años de edad (en el año 1939), hija de José María y de Carmen, natural de Órgiva (Granada), soltera y profesión sus labores, con domicilio en Almería, calle de Muley nº 19. El día 2 de febrero de 1940 se decreta prisión preventiva. Siendo procesada y ratificada la prisión el 19 de julio de 1940 (pág.24), quedando en libertad provisional el 30 de marzo de 1940 (pág.73). El Ministerio Fiscal solicita se imponga la pena de 12 años y 1 día de reclusión temporal, proponiendo la conmutación de dicha pena por la de 6 años y 1 día de prisión mayor (pág.80), quedando como sentencia firme y ejecutoria el 5 de diciembre de 1942 (pág.81). (No hay constancia de la finalización de la condena).



Nº CAUSA

10.565/40 Ceballos Tello Isabel    - 02/02/1940 - Juez: González Cidrón




ATESTADO: En Almería y en su Comisaría de Investigación y Vigilancia, siendo las 18 horas del día  12 de julio de 1939 ante el agente encargado de los Servicios de la Brigada Social, don Arsenio Juárez Molina y Don Juan José Pérez Sinís, como secretario habilitado para la práctica de estas diligencias, comparecen Josefa Morales Gallurt, su hermana Matilde y Dolores Muñoz Navarro, manifiestan:

"Que conocían de vista a una tal ISABEL CEBALLOS TELLO… cierto día de del mes de agosto de mil novecientos treinta y ocho, y con ocasión de pasar la mencionada ISABEL CEBALLOS por la calle donde viven las comparecientes, al ver a la referida MATILDE, se detuvo a saludarle, encontrándose esta última en la puerta de su casa y las expresadas JOSEFA Y DOLORES en una ventana baja de la casa asomadas; que después de saludarse la referida MATILDE que ya por referencias sabía que la CEBALLOS había estado en Zona Nacional y se había pasado a zona roja, le preguntó a esta última que le contase que es lo que había hecho para venirse a Almería, a lo que contestó la ISABEL CEBALLOS en los siguientes términos: " La causa por la cual me he venido de Granada donde estaba, es porque las fuerzas de Franco y autoridades de Granada me perseguían para detenerme como ya habían hecho con muchísimas personas, a la vez que temía fuese ejecutada como otros elementos de la juventud de su pueblo; para realizar la huida de Granada hizo valiéndose de un salvoconducto que sacó para Órgiva a donde marchó y después a los frentes de esta población en unión de su madre y un hermano suyo; que una vez en el frente la CEBALLOS se puso al habla con las fuerzas Nacionales a quien le preguntó por la forma de pasarse los referidos y lugar por donde lo hacían de la zona roja; que después de captarse las simpatías de algunos de los soldados, estos le dijeron en la forma que lo efectuaban, y que aquella misma noche la expresada CEBALLOS con su madre y hermano lograron la evasión después de múltiples trabajos consiguiendo llegar a las avanzadillas rojas y de allí trasladarse a un pueblo en poder de los rojos (cuyo nombre no recuerda la denunciante); que ya en el pueblo los fugitivos recabaron de los milicianos el que les pusieran al corriente en el manejo de las armas y pasado unos días se trasladaron a Motril todavía en poder de las

hordas rojas y más tarde a Almería donde fijaron su residencia en la calle de Muley número diecinueve; que ya en esta capital la destinaron para ejercer el Control de las cestas y encargos que los familiares de los detenidos enviaban al Ingenio habilitado como prisión; que uno de los días ya un poco tarde llegó al Ingenio una cesta destinada a uno de los detenidos como le pareciese a la CEBALLOS que había llegado después de la hora reglamentaria, ésta dijo: "Pues lo que es este se queda hoy sin comer" y acto seguido se lo puso en conocimiento lo que sucedía a un miliciano que prestaba sus servicios en la mencionada prisión, y seguidamente los dos se comieron la comida de la

cesta; que cuando lo estaba realizando, al cortar el pan salió una nota que seguramente lo familiares del detenido le enviaban a éste donde le informaban de que las fuerzas Nacionales avanzaban sobre Madrid, por lo que la ISABEL CEBALLOS comentaba con bastante alarde y emocionada manifestó:

"Y seguidamente denuncio el hecho presentando la nota a las autoridades de la prisión, por lo que la pérdida de momento aquella noche se le dio el paseo a aquel fascista. Que no tienen más que decir"…

(pág.2).



600 Mujeres. La represión franquista de la mujer almeriense (1939-45)

Eusebio Rodríguez Padilla y Juan Hidalgo Cámara • Edición digital del Instituto de Estudios Almerienses


Isabel Ceballos Tello, de Órgiva

Isabel Ceballos Tello de 22 años de edad (en el año 1939), hija de José María y de Carmen, natural de Órgiva (Granada), soltera y profesión sus labores, con domicilio en Almería, calle de Muley nº 19. El día 2 de febrero de 1940 se decreta prisión preventiva. Siendo procesada y ratificada la prisión el 19 de julio de 1940 (pág.24), quedando en libertad provisional el 30 de marzo de 1940 (pág.73). El Ministerio Fiscal solicita se imponga la pena de 12 años y 1 día de reclusión temporal, proponiendo la conmutación de dicha pena por la de 6 años y 1 día de prisión mayor (pág.80), quedando como sentencia firme y ejecutoria el 5 de diciembre de 1942 (pág.81). (No hay constancia de la finalización de la condena).

Nº CAUSA
10.565/40 Ceballos Tello Isabel    - 02/02/1940 - Juez: González Cidrón

ATESTADO: En Almería y en su Comisaría de Investigación y Vigilancia, siendo las 18 horas del día  12 de julio de 1939 ante el agente encargado de los Servicios de la Brigada Social, don Arsenio Juárez Molina y Don Juan José Pérez Sinís, como secretario habilitado para la práctica de estas diligencias, comparecen Josefa Morales Gallurt, su hermana Matilde y Dolores Muñoz Navarro, manifiestan:
"Que conocían de vista a una tal ISABEL CEBALLOS TELLO… cierto día de del mes de agosto de mil novecientos treinta y ocho, y con ocasión de pasar la mencionada ISABEL CEBALLOS por la calle donde viven las comparecientes, al ver a la referida MATILDE, se detuvo a saludarle, encontrándose esta última en la puerta de su casa y las expresadas JOSEFA Y DOLORES en una ventana baja de la casa asomadas; que después de saludarse la referida MATILDE que ya por referencias sabía que la CEBALLOS había estado en Zona Nacional y se había pasado a zona roja, le preguntó a esta última que le contase que es lo que había hecho para venirse a Almería, a lo que contestó la ISABEL CEBALLOS en los siguientes términos: " La causa por la cual me he venido de Granada donde estaba, es porque las fuerzas de Franco y autoridades de Granada me perseguían para detenerme como ya habían hecho con muchísimas personas, a la vez que temía fuese ejecutada como otros elementos de la juventud de su pueblo; para realizar la huida de Granada hizo valiéndose de un salvoconducto que sacó para Órgiva a donde marchó y después a los frentes de esta población en unión de su madre y un hermano suyo; que una vez en el frente la CEBALLOS se puso al habla con las fuerzas Nacionales a quien le preguntó por la forma de pasarse los referidos y lugar por donde lo hacían de la zona roja; que después de captarse las simpatías de algunos de los soldados, estos le dijeron en la forma que lo efectuaban, y que aquella misma noche la expresada CEBALLOS con su madre y hermano lograron la evasión después de múltiples trabajos consiguiendo llegar a las avanzadillas rojas y de allí trasladarse a un pueblo en poder de los rojos (cuyo nombre no recuerda la denunciante); que ya en el pueblo los fugitivos recabaron de los milicianos el que les pusieran al corriente en el manejo de las armas y pasado unos días se trasladaron a Motril todavía en poder de las
hordas rojas y más tarde a Almería donde fijaron su residencia en la calle de Muley número diecinueve; que ya en esta capital la destinaron para ejercer el Control de las cestas y encargos que los familiares de los detenidos enviaban al Ingenio habilitado como prisión; que uno de los días ya un poco tarde llegó al Ingenio una cesta destinada a uno de los detenidos como le pareciese a la CEBALLOS que había llegado después de la hora reglamentaria, ésta dijo: "Pues lo que es este se queda hoy sin comer" y acto seguido se lo puso en conocimiento lo que sucedía a un miliciano que prestaba sus servicios en la mencionada prisión, y seguidamente los dos se comieron la comida de la
cesta; que cuando lo estaba realizando, al cortar el pan salió una nota que seguramente lo familiares del detenido le enviaban a éste donde le informaban de que las fuerzas Nacionales avanzaban sobre Madrid, por lo que la ISABEL CEBALLOS comentaba con bastante alarde y emocionada manifestó:
"Y seguidamente denuncio el hecho presentando la nota a las autoridades de la prisión, por lo que la pérdida de momento aquella noche se le dio el paseo a aquel fascista. Que no tienen más que decir"…
(pág.2).

600 Mujeres. La represión franquista de la mujer almeriense (1939-45)
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Victoria Sánchez Vera de Acuña, de Huéneja

Nº CAUSA 

48.401/39 Sánchez Vera Victoria  - 14/12/1939  - Ávila Rodrigo



DENUNCIA: 

Doña María Martínez Martínez, mayor de edad, Viuda de Gallego, con residencia en esta población, tiene el honor de significar a Vd. la siguiente denuncia, contra la vecina de la misma Victoria Sánchez Vera, esta mujer fue durante la dominación roja una destacada y activa revolucionaria, fue Secretaria de las Mujeres rojas en la sección de prensa y propaganda y además era la mujer que desempañaba el cargo de Concejal en el Ayuntamiento, actuando en cuantas juntas celebraba el mismo, haciendo uso de la palabra en todas las reuniones y defendiendo y apoyando con unas energías formidables el programa marxista, y haciendo con ayuda del resto de la autoridades rojas

de la localidad una labor desastrosa contra las personas de orden de este pueblo; por el mal proceder de esta mujer, elevo la presente denuncia, confiada en que la justicia castigara a la que tan merecedora se hizo a ello.- Dios guarde a Vd. muchos años.- Huéneja 28 de Agosto de 1939. .



DATOS PERSONALES

Victoria Sánchez Vera de Acuña, de 35 años de edad (en el año 1939), natural de Fiñana (Almería), y vecina de Huéneja (Granada), de profesión sus labores, casada con Antonio Molina Ruiz, y tiene un hijo. Es hija de Sebastián y de Ana.

Detenida en Huéneja (Granada), e ingresada en la prisión de partido de Guadix (Granada) el 30 de agosto de 1939 (pág.3). Procesada en Auto dictado en la ciudad de Granada el 22 de julio de 1940 (pág.20), y el 12 de noviembre del mismo año, el Auditor de Granada le concede la libertad provisional (pág.27), siendo puesta en libertad de la prisión provincial de Granada el 22 de marzo de 1941 (pág.29). El Auditor de Granada procede aprobar la petición del Fiscal, imponiendo la pena de 12 años y 1 día de reclusión temporal, siendo conmutada la pena impuesta por la de 2 años de prisión mayor (pág.34).



600 Mujeres. La represión franquista de la mujer almeriense (1939-45)

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Victoria Sánchez Vera de Acuña, de Huéneja

Nº CAUSA 
48.401/39 Sánchez Vera Victoria  - 14/12/1939  - Ávila Rodrigo

DENUNCIA: 
Doña María Martínez Martínez, mayor de edad, Viuda de Gallego, con residencia en esta población, tiene el honor de significar a Vd. la siguiente denuncia, contra la vecina de la misma Victoria Sánchez Vera, esta mujer fue durante la dominación roja una destacada y activa revolucionaria, fue Secretaria de las Mujeres rojas en la sección de prensa y propaganda y además era la mujer que desempañaba el cargo de Concejal en el Ayuntamiento, actuando en cuantas juntas celebraba el mismo, haciendo uso de la palabra en todas las reuniones y defendiendo y apoyando con unas energías formidables el programa marxista, y haciendo con ayuda del resto de la autoridades rojas
de la localidad una labor desastrosa contra las personas de orden de este pueblo; por el mal proceder de esta mujer, elevo la presente denuncia, confiada en que la justicia castigara a la que tan merecedora se hizo a ello.- Dios guarde a Vd. muchos años.- Huéneja 28 de Agosto de 1939. .

DATOS PERSONALES
Victoria Sánchez Vera de Acuña, de 35 años de edad (en el año 1939), natural de Fiñana (Almería), y vecina de Huéneja (Granada), de profesión sus labores, casada con Antonio Molina Ruiz, y tiene un hijo. Es hija de Sebastián y de Ana.
Detenida en Huéneja (Granada), e ingresada en la prisión de partido de Guadix (Granada) el 30 de agosto de 1939 (pág.3). Procesada en Auto dictado en la ciudad de Granada el 22 de julio de 1940 (pág.20), y el 12 de noviembre del mismo año, el Auditor de Granada le concede la libertad provisional (pág.27), siendo puesta en libertad de la prisión provincial de Granada el 22 de marzo de 1941 (pág.29). El Auditor de Granada procede aprobar la petición del Fiscal, imponiendo la pena de 12 años y 1 día de reclusión temporal, siendo conmutada la pena impuesta por la de 2 años de prisión mayor (pág.34).

600 Mujeres. La represión franquista de la mujer almeriense (1939-45)
Eusebio Rodríguez Padilla y Juan Hidalgo Cámara • Edición digital del Instituto de Estudios Almerienses

Encarnación Guzmán Gutiérrez, de Granada



Encarnación Guzmán Gutiérrez de 36 años de edad (en 1940), hija de Manuel y de Emilia, natural de Granada y vecina de Almería, soltera, de profesión la costura.



Sentencia de fecha 25 de junio de 1941 (pág.115). Doce años y un día. Se propone la conmutación de la pena por seis años y un día de prisión mayor.

Ratificada la sentencia con fecha 24 de noviembre no aceptando la conmutación de la condena.

En prisión preventiva desde el 26 de abril de 1940 al 23 de noviembre de 1941.

El 22 de abril de 1942 deja extinguida la condena.



Nº CAUSA 

11.853/40    Guzmán Gutiérrez Encarnación La Granadina 01/05/1940 Griffo Montilla José



ACUSACIÓN

Denuncia de la Comisaría de Investigación y Vigilancia de Almería.

"… Que por noticias confidenciales han tenido conocimiento, que pocos días después de ser liberada esta capital por las tropas de nuestro Generalísimo Franco, una tal ENCARNACIÓN GUZMÁN GUTIÉRREZ (a) La Granadina se dedicaba a altas horas de la noche a llevar dinero y comestibles a ciertos individuos peligrosos marxistas que se encontraban escondidos en las inmediaciones d esta ciudad; lugar conocido por las Cuevas de la Fuentecica; que éstos individuos huidos se suponen fueran un tal Juan Sierra Rominguera y Ángel Aguilera; así mismo manifiestan los agentes comparecientes, tener noticias por igual conducto, de que la mencionada Encarnación Guzmán Gutiérrez se hacía acompañar, cuando iba a alas referidas Cuevas, por una tal MARUCHI; igualmente se tiene conocimiento de que en el domicilio de la mencionada ENCARNACIÓN, calle del Oro número seis, donde tenía instalada una casa de prostitución, se reunían después de la liberación elementos izquierdistas, los cuales cantaban y hacían comentarios de coplas alusivas a nuestra Causa Nacional Sindicalista.- Que más tarde la citada ENCARNACIÓN, se ausentó de esta capital, marchando a Granada ignorando las causas, aun cuando se supone que motivó dicha ausencia el estar apercibida de que Investigación de Falange y Guardia Civil tenían conocimiento de lo que anteriormente se relata, por la referida MARUCHI, que al parecer denunció el hecho a dichas Autoridades; así mismo dichos Agentes manifiestan que la ENCARNACIÓN GUZMÁN GUTIÉRREZ, hace aproximadamente veinte días fue detenida en Granada y trasladada a esta Prisión de Mujeres a disposición de la Autoridad Gubernativa de esta capital.- Que no tiene más que decir…".



600 Mujeres. La represión franquista de la mujer almeriense (1939-45)

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Encarnación Guzmán Gutiérrez, de Granada


Encarnación Guzmán Gutiérrez de 36 años de edad (en 1940), hija de Manuel y de Emilia, natural de Granada y vecina de Almería, soltera, de profesión la costura.

Sentencia de fecha 25 de junio de 1941 (pág.115). Doce años y un día. Se propone la conmutación de la pena por seis años y un día de prisión mayor.
Ratificada la sentencia con fecha 24 de noviembre no aceptando la conmutación de la condena.
En prisión preventiva desde el 26 de abril de 1940 al 23 de noviembre de 1941.
El 22 de abril de 1942 deja extinguida la condena.

Nº CAUSA 
11.853/40    Guzmán Gutiérrez Encarnación La Granadina 01/05/1940 Griffo Montilla José

ACUSACIÓN
Denuncia de la Comisaría de Investigación y Vigilancia de Almería.
"… Que por noticias confidenciales han tenido conocimiento, que pocos días después de ser liberada esta capital por las tropas de nuestro Generalísimo Franco, una tal ENCARNACIÓN GUZMÁN GUTIÉRREZ (a) La Granadina se dedicaba a altas horas de la noche a llevar dinero y comestibles a ciertos individuos peligrosos marxistas que se encontraban escondidos en las inmediaciones d esta ciudad; lugar conocido por las Cuevas de la Fuentecica; que éstos individuos huidos se suponen fueran un tal Juan Sierra Rominguera y Ángel Aguilera; así mismo manifiestan los agentes comparecientes, tener noticias por igual conducto, de que la mencionada Encarnación Guzmán Gutiérrez se hacía acompañar, cuando iba a alas referidas Cuevas, por una tal MARUCHI; igualmente se tiene conocimiento de que en el domicilio de la mencionada ENCARNACIÓN, calle del Oro número seis, donde tenía instalada una casa de prostitución, se reunían después de la liberación elementos izquierdistas, los cuales cantaban y hacían comentarios de coplas alusivas a nuestra Causa Nacional Sindicalista.- Que más tarde la citada ENCARNACIÓN, se ausentó de esta capital, marchando a Granada ignorando las causas, aun cuando se supone que motivó dicha ausencia el estar apercibida de que Investigación de Falange y Guardia Civil tenían conocimiento de lo que anteriormente se relata, por la referida MARUCHI, que al parecer denunció el hecho a dichas Autoridades; así mismo dichos Agentes manifiestan que la ENCARNACIÓN GUZMÁN GUTIÉRREZ, hace aproximadamente veinte días fue detenida en Granada y trasladada a esta Prisión de Mujeres a disposición de la Autoridad Gubernativa de esta capital.- Que no tiene más que decir…".

600 Mujeres. La represión franquista de la mujer almeriense (1939-45)
Eusebio Rodríguez Padilla y Juan Hidalgo Cámara • Edición digital del Instituto de Estudios Almerienses

Trinidad Garzón Casas, de Benalúa de Guadix

Trinidad Garzón Casas de 27 años de edad (en 1940), hija de Juan y Mercedes, natural de Benalúa de Guadix (Granada) y vecina de Almería, casada, de profesión sus labores.

Auto de Procesamiento y ratificación de prisión de fecha (sin fecha).

Auto Resumen del Juez de fecha 22 de julio de 1940.

Sentencia de fecha 4 de mayo de 1941 (pág.44). Doce años y un día de reclusión temporal. Se propone la conmutación por la de ocho años de prisión mayor. Ratificada la sentencia con fecha 8 de julio de 1941. Se conmuta la condena.

En prisión preventiva desde el 27 de febrero de 1940 hasta el 7 de julio de 1941.

El 26 de febrero de 1948 deja extinguida la condena. Concedido el Indulto con fecha 9 de octubre de 1945.





Nº CAUSA  APELLIDOS NOMBRE APODO INICIO       CAUSA JUEZ

11.637/40     Garzón Casas Trinidad                  05/04/1940   González Cidrón



ACUSACIÓN

CERTIFICADO DE LA COMISIÓN PROVINCIAL DE CLASIFICADOS DE DETENIDOS.

"D. ANTONIO LUIS SOLER BANS ALFEREZ HONORARIO DEL CUERPO JURIDICO

MILITAR Y SECRETARIO DE LA COMISIÓN PROVINCIAL DE CLASIFICACION DE

DETENIDOS DE LA QUE ES PRESIDENTE EL COMANDANTE DE INFANTERÍA D. LUIS

VALMASEDA Y SÁNCHEZ ARÉVALO. CERTIFICO: Que según consta en el Archivo de esta Comisión en el expediente nº 106 correspondiente al detenido en la Prisión Provincial de esta plaza Trinidad Garzón Casas obran unidos informes emitidos por distintas Autoridades que son del siguiente tenor literal.-8º Tercio de la Guardia Civil Primer Jefe Comandancia de Almería R.1078 Consecuente con cuanto me interesa en su respetable escrito de 23 del anterior nº 376 por el que interesa informe de Trinidad Garzón Casas, tengo el honor de participar a V.S. que es de mala conducta y antecedentes pertenecía al Partido Comunista hablaba mal de la causa Nacional, insultaba a las personas de orden es elemento perturbador y enemiga de la causa Nacional…".





600 Mujeres. La represión franquista de la mujer almeriense (1939-45)

Eusebio Rodríguez Padilla y Juan Hidalgo Cámara • Edición digital del Instituto de Estudios Almerienses

Trinidad Garzón Casas, de Benalúa de Guadix

Trinidad Garzón Casas de 27 años de edad (en 1940), hija de Juan y Mercedes, natural de Benalúa de Guadix (Granada) y vecina de Almería, casada, de profesión sus labores.
Auto de Procesamiento y ratificación de prisión de fecha (sin fecha).
Auto Resumen del Juez de fecha 22 de julio de 1940.
Sentencia de fecha 4 de mayo de 1941 (pág.44). Doce años y un día de reclusión temporal. Se propone la conmutación por la de ocho años de prisión mayor. Ratificada la sentencia con fecha 8 de julio de 1941. Se conmuta la condena.
En prisión preventiva desde el 27 de febrero de 1940 hasta el 7 de julio de 1941.
El 26 de febrero de 1948 deja extinguida la condena. Concedido el Indulto con fecha 9 de octubre de 1945.


Nº CAUSA  APELLIDOS NOMBRE APODO INICIO       CAUSA JUEZ
11.637/40     Garzón Casas Trinidad                  05/04/1940   González Cidrón

ACUSACIÓN
CERTIFICADO DE LA COMISIÓN PROVINCIAL DE CLASIFICADOS DE DETENIDOS.
"D. ANTONIO LUIS SOLER BANS ALFEREZ HONORARIO DEL CUERPO JURIDICO
MILITAR Y SECRETARIO DE LA COMISIÓN PROVINCIAL DE CLASIFICACION DE
DETENIDOS DE LA QUE ES PRESIDENTE EL COMANDANTE DE INFANTERÍA D. LUIS
VALMASEDA Y SÁNCHEZ ARÉVALO. CERTIFICO: Que según consta en el Archivo de esta Comisión en el expediente nº 106 correspondiente al detenido en la Prisión Provincial de esta plaza Trinidad Garzón Casas obran unidos informes emitidos por distintas Autoridades que son del siguiente tenor literal.-8º Tercio de la Guardia Civil Primer Jefe Comandancia de Almería R.1078 Consecuente con cuanto me interesa en su respetable escrito de 23 del anterior nº 376 por el que interesa informe de Trinidad Garzón Casas, tengo el honor de participar a V.S. que es de mala conducta y antecedentes pertenecía al Partido Comunista hablaba mal de la causa Nacional, insultaba a las personas de orden es elemento perturbador y enemiga de la causa Nacional…".


600 Mujeres. La represión franquista de la mujer almeriense (1939-45)
Eusebio Rodríguez Padilla y Juan Hidalgo Cámara • Edición digital del Instituto de Estudios Almerienses

GOLDA (OLGA) BANCIC


Nacida el 10 de Mayo de 1912 en
Chisinau, Rumania.








Olga nació en una familia judía que vive en la provincia de
Besarabia, todavía era parte del Imperio Ruso. En 1918 la provincia fue anexada
por Rumania. A los 12, Olga fue arrestado por primera vez por haber participado
en una huelga en la fábrica de colchones donde trabajaba. A pesar de su corta
edad, fue encarcelado y golpeado.





1933-39: Olga era un miembro activo del sindicato local y
conocían a ser oído. Había sido detenida y encarcelada tantas veces que lo
consideraba como un riesgo laboral. En 1938 viajó a Francia donde trabajó con la
resistencia francesa de izquierda, ayudando a enviar armas a los republicanos
españoles en su lucha contra el fascismo.
Justo antes de que los
alemanes invadieron Polonia en 1939, dio a luz a una niña, Dolores.





1940-44: Francia cayó bajo el yugo del ejército alemán en
1940. Olga le dijo a su hija a una familia francesa y se unió al grupo de
resistencia armada, franco-tiradores y partidarios a luchar contra los
alemanes. Ella montó las bombas y participó en el transporte de los explosivos
utilizados para descarrilar los trenes que transportaban tropas alemanas y sus
suministros. 





El 6 de noviembre de 1943, fue arrestada durante una redada de la
Gestapo. Fue torturada pero no reveló ninguna información. Incluso después de
su condena a muerte, continuaron interrogar y torturar.


Olga fue trasladado a una prisión en Stuttgart donde fue
juzgado de nuevo y condenado a muerte. El 10 de mayo de 1944, el día de sus 32
años, Olga fue decapitada.







Copyright © United States Holocaust Memorial Museum, Washington, DC

GOLDA (OLGA) BANCIC

Nacida el 10 de Mayo de 1912 en Chisinau, Rumania.

Olga nació en una familia judía que vive en la provincia de Besarabia, todavía era parte del Imperio Ruso. En 1918 la provincia fue anexada por Rumania. A los 12, Olga fue arrestado por primera vez por haber participado en una huelga en la fábrica de colchones donde trabajaba. A pesar de su corta edad, fue encarcelado y golpeado.

1933-39: Olga era un miembro activo del sindicato local y conocían a ser oído. Había sido detenida y encarcelada tantas veces que lo consideraba como un riesgo laboral. En 1938 viajó a Francia donde trabajó con la resistencia francesa de izquierda, ayudando a enviar armas a los republicanos españoles en su lucha contra el fascismo. Justo antes de que los alemanes invadieron Polonia en 1939, dio a luz a una niña, Dolores.

1940-44: Francia cayó bajo el yugo del ejército alemán en 1940. Olga le dijo a su hija a una familia francesa y se unió al grupo de resistencia armada, franco-tiradores y partidarios a luchar contra los alemanes. Ella montó las bombas y participó en el transporte de los explosivos utilizados para descarrilar los trenes que transportaban tropas alemanas y sus suministros. 

El 6 de noviembre de 1943, fue arrestada durante una redada de la Gestapo. Fue torturada pero no reveló ninguna información. Incluso después de su condena a muerte, continuaron interrogar y torturar.
Olga fue trasladado a una prisión en Stuttgart donde fue juzgado de nuevo y condenado a muerte. El 10 de mayo de 1944, el día de sus 32 años, Olga fue decapitada.


Copyright © United States Holocaust Memorial Museum, Washington, DC

4 de diciembre de 2015

Rosario Alonso Pérez, de Lobras y Cadiar

Rosario Alonso Pérez, 22 años, sirvienta, casada con Diego Molina Matarín y padres de un hijo,

natural de Lobras (Granada) y vecina de Almería en el Patio Jiménez número 16, hija de José y de Josefa. La guerra la pasó en Cádiar (Granada) desplazándose con posterioridad a la capital almeriense.



Nº CAUSA 1.319/41  - Alonso Pérez Rosario  - Fecha: 02/05/1941 - Juez García

ACUSACIÓN: Estar implicada en el “Parte Inglés”. Se trataba de una amplia red de informadores que pasaban información de la BBC de Londres.



600 Mujeres. La represión franquista de la mujer almeriense

Eusebio Rodríguez Padilla

Juan Hidalgo Cámara

Rosario Alonso Pérez, de Lobras y Cadiar

Rosario Alonso Pérez, 22 años, sirvienta, casada con Diego Molina Matarín y padres de un hijo,
natural de Lobras (Granada) y vecina de Almería en el Patio Jiménez número 16, hija de José y de Josefa. La guerra la pasó en Cádiar (Granada) desplazándose con posterioridad a la capital almeriense.

Nº CAUSA 1.319/41  - Alonso Pérez Rosario  - Fecha: 02/05/1941 - Juez García
ACUSACIÓN: Estar implicada en el “Parte Inglés”. Se trataba de una amplia red de informadores que pasaban información de la BBC de Londres.

600 Mujeres. La represión franquista de la mujer almeriense
Eusebio Rodríguez Padilla
Juan Hidalgo Cámara

Josefa Pérez García, de Lobras

DATOS PERSONALES

Josefa Pérez García, 57 años, viuda y madre de dos hijos, sin profesión especial, analfabeta, natural de Lobras (Granada) y vecina de Almería en la calle Leñador, 13.



Nº CAUSA 1.319/41, Acusada: Pérez García Josefa  Fecha: 02/05/1941 - Juez García

ACUSACIÓN: Estar implicada en el “Parte Inglés”. Se trataba de una amplia red de informadores que pasaban información de la BBC de Londres.



600 Mujeres. La represión franquista de la mujer almeriense

Eusebio Rodríguez Padilla

Juan Hidalgo Cámara

Josefa Pérez García, de Lobras

DATOS PERSONALES
Josefa Pérez García, 57 años, viuda y madre de dos hijos, sin profesión especial, analfabeta, natural de Lobras (Granada) y vecina de Almería en la calle Leñador, 13.

Nº CAUSA 1.319/41, Acusada: Pérez García Josefa  Fecha: 02/05/1941 - Juez García
ACUSACIÓN: Estar implicada en el “Parte Inglés”. Se trataba de una amplia red de informadores que pasaban información de la BBC de Londres.

600 Mujeres. La represión franquista de la mujer almeriense
Eusebio Rodríguez Padilla
Juan Hidalgo Cámara

1 de diciembre de 2015

RAMON CANO CASTAÑEDA, de Loja

Cano Castañeda, Ramón: apodado "Canito", nacido el 1 de marzo de 1899, hijo de Mariano y Aurora, arriero, viudo de Francisca Zafra Maroto y padres de cinco hijos, analfabeto, natural y vecino de Loja en la Alcazaba, calle Baja. 

Tras su detención le fue iniciada la causa 11/36 por la que fue condenado a Muerte, por el delito de Rebelión en sentencia dada en Granada el 23 de Octubre del mismo año, siendo ratificada por el Auditor de Granada el 23 de octubre de 1936 y fusilado el 24 de octubre de 1936 en el cementerio de Loja.




RAMON CANO CASTAÑEDA, de Loja

Cano Castañeda, Ramón: apodado "Canito", nacido el 1 de marzo de 1899, hijo de Mariano y Aurora, arriero, viudo de Francisca Zafra Maroto y padres de cinco hijos, analfabeto, natural y vecino de Loja en la Alcazaba, calle Baja. 
Tras su detención le fue iniciada la causa 11/36 por la que fue condenado a Muerte, por el delito de Rebelión en sentencia dada en Granada el 23 de Octubre del mismo año, siendo ratificada por el Auditor de Granada el 23 de octubre de 1936 y fusilado el 24 de octubre de 1936 en el cementerio de Loja.

FERMIN CAMPAÑA ROSUA, de Loja a Alfarnate

Campaña Rosúa, Fermín: nacido en 1907, hijo de José y Demetria, casado con Consuelo Ramos Rivas y padres de dos hijos, Campo, natural y vecino de Loja en Los Tajos en la Casería del Pilar. Afiliado a la UGT. 

A la entrada de las tropas franquistas en la localidad de su residencia escapó a Alfarnate. Tras su detención le fue iniciada la causa 415/37 por el delito de Rebelión el 15 de marzo de 1937 por la que fue condenado a muerte en sentencia dada en Granada el 3 de abril de 1937, ratificada por el Auditor de Sevilla el 6 del mismo mes y año y fusilado día 13 del mes y año señalado con anterioridad.

FERMIN CAMPAÑA ROSUA, de Loja a Alfarnate

Campaña Rosúa, Fermín: nacido en 1907, hijo de José y Demetria, casado con Consuelo Ramos Rivas y padres de dos hijos, Campo, natural y vecino de Loja en Los Tajos en la Casería del Pilar. Afiliado a la UGT. 
A la entrada de las tropas franquistas en la localidad de su residencia escapó a Alfarnate. Tras su detención le fue iniciada la causa 415/37 por el delito de Rebelión el 15 de marzo de 1937 por la que fue condenado a muerte en sentencia dada en Granada el 3 de abril de 1937, ratificada por el Auditor de Sevilla el 6 del mismo mes y año y fusilado día 13 del mes y año señalado con anterioridad.