Mujer guardabarrera
La mujeres ferroviarias
Los sublevados dejaron claro, desde el primer momento, que aplicarían una represión específica a las mujeres por su condición de género. Su objetivo central residió en lograr su sumisión social mediante su confinamiento en el único rol de «esposas y madres».
Ello comportó su expulsión de los mercados de trabajo o su ubicación en una situación laboral discriminada respecto a la de los hombres. En definitiva, se les atribuyó un estado de «minoría de edad» permanente.
Las investigaciones desarrolladas indican que 4.592 mujeres fueron «depuradas» como aplicación de la Ley 10/02/1939 (solo un día después de la Ley de Responsabilidades Políticas y no derogada hasta la muerte de Franco), que dispuso el inicio de la depuración de los empleados públicos que se encontraran en las zonas controladas por el ejército sublevado. El Decreto de 27/02/1939 extendió la ley a la depuración de corporaciones y empresas concesionarias de servicios públicos, lo que incluía al personal de las compañías ferroviarias.
Estas mujeres, al igual que sus compañeros, tuvieron que demostrar que tenían un pasado político “sin tacha” y que no se habían opuesto al Alzamiento Nacional para poder recuperar sus puestos de trabajo. Sin embargo, los delitos que les atribuyeron siempre fueron considerados más graves por el hecho de ser mujeres y muchas fueron sancionadas por los delitos atribuidos a sus maridos e hijos, cuando en el caso contrario no se dio esta circunstancia.
Este proceso fue documentado y se conservan todos los expedientes, con información sobre cada proceso –cargos, descargos, delaciones y sanciones- y su trayectoria laboral y personal. Gracias a estos últimos es posible reconstruir su situación laboral respecto a los hombres y las redes familiares existentes ya que muchas de ellas eran familiares de trabajadores ferroviarios. Al menos, se sabe que 716 ferroviarias recibieron algún tipo de sanción laboral.
La incorporación del trabajo femenino en el ferrocarril se produjo durante las últimas décadas del siglo XIX, cuando las compañías acudieron a las esposas de los trabajadores de vía y obras para que guardasen los pasos a nivel con salarios que representaban entre un tercio y la mitad del que percibían los hombres. Las compañías consideraban este trabajo como una concesión ex gratia para complementar los ingresos familiares.
De esta forma, se conformó un gran colectivo laboral femenino hegemónico en el ferrocarril –las guardesas- que las compañías institucionalizaron laboralmente como una “especie” de extensión de sus maridos. A notable distancia se situaba un segundo colectivo formado por las mujeres reclutadas para las tareas de limpieza, siendo marginales las mujeres que desempeñaban oficios cualificados.
Aunque la República estableció la igualdad jurídica entre hombres y mujeres, su aplicación en el mercado laboral fue limitada y tardía. En 1931 se introdujeron el seguro de maternidad, el subsidio de lactancia y derechos médicos y farmacéuticos. Sin embargo, se mantuvo la prohibición de que las mujeres realizasen trabajos peligrosos y nocturnos, como fue el caso de las guardesas ferroviarias. Esta política machista alcanzó su epítome cuando los militares golpistas recogieron en el Fuero del Trabajo de 1938 el principio de que el Estado «liberara a la mujer casada del taller y de la fábrica» para asegurarse de que cumpliera el rol de esposa y madre que supuestamente le correspondía por su naturaleza.
No es sorprendente que, tras la constitución del nuevo régimen, se incorporasen al catálogo prohibitivo que pudieran registrarse en las oficinas de colocación si no eran cabezas de familia o acceder a trabajos de alto nivel en la Administración. También quedaran obligadas a acogerse a una excedencia forzosa en caso de que contrajeran matrimonio, lo cual afectó a varios centenares de mujeres ferroviarias.
En este enlace se hace público los nombres de las trabajadoras depuradas.